miércoles, 20 de agosto de 2014

¿Auto?organización de Unidades en Salud Pública

En la última década el sistema sanitario público de Andalucía ha puesto en marcha nuevas fórmulas organizativas, que utilizan modelos basados en Unidades de Gestión, alineadas con los objetivos de salud y que proporcionen autonomía profesional, incentivando la eficiencia y la calidad. Este modelo no está exento de controversia, entre otros aspectos, porque se instrumentaliza para modificar sustancialmente las condiciones de trabajo (forma, distribución, frecuencia y tipo de tareas, recorte de funciones, incentivos…) utilizando como coartada la facultad de autoorganización (que no es omnímoda ni es una potestad para limitar derechos), el interés público (que no puede invocarse de forma abstracta, sin justificación técnica y jurídica) y bajo la apariencia de la voluntariedad, alejándose de las normas y procedimientos apropiados de la Función Pública. 
En el siguiente trabajo, publicado en la revista de la Sociedad Española de Medicina General y de Familia, titulado “Barreras para el desarrollo de las unidades de protección de la salud en los servicios de salud pública de atención primaria” hicimos un análisis del documento marco (acuerdo de gestión) que configura las unidades de protección de la salud (UPS) en el ámbito de los servicios de salud pública de Andalucía, desde una perspectiva crítica prudente, con suficiencia y convicción. Discutimos las barreras que obstaculizan el despliegue de objetivos y el desarrollo de las prestaciones de salud pública, contribuyendo finalmente con algunas aportaciones para la toma de decisiones sobre las relaciones profesionales y orientación de los servicios de  salud pública.