viernes, 12 de mayo de 2017

Centros de salud sostenibles: Greenwashing a la vista

   Un tema interesante para tratar a fondo es la aprobación de la estrategia ambiental y energética en el sistema sanitario público de Andalucía, que persigue gestionar tales aspectos en los centros asociados con la actividad sanitaria. Naturalmente no es lo mismo un hospital que un centro de salud. No hay duda de que en los hospitales hay materia para profundizar, sin embargo en un centro de salud existe poca sustancia, que justifique una inversión económica para controlar impactos ambientales que no derivan de su actividad productiva. Los centros de salud, por su propia actividad (no industrial, sino del sector terciario), no se encuentran incluidos por la legislación vigente en el listado de actividades sometidas a evaluación de impacto ambiental (ni tan siquiera de calificación), ni están considerados como actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera ni tampoco están sujetos al régimen de autorización de vertidos (están conectados a la red municipal de saneamiento), etc. Pese a que cualquier centro de trabajo es susceptible de mejora, el tratamiento no puede ser el mismo con respecto a una instalación potencialmente contaminante, especialmente en lo relativo a la prioridad y justificación de inversiones. Hay que separar el grano de la paja. Precisamente la situación socioeconómica que sufrimos, no parece justificar el desarrollo de un sistema de gestión ambiental para demostrar lo que no se tiene: no vertidos, no emisiones, no ruido....Los centros de salud están catalogados como pequeños productores de residuos (que son entregados a un gestor autorizado), y algunos tienen obligaciones derivadas de la prevención de legionelosis, y para de contar.  Nadie cuestiona que cada cual debe tener una conducta básica respetuosa con el medio ambiente, y con las personas también (no nos olvidemos). Sin embargo aquí se produce una situación paradójica, donde se monta todo un guateque de empresas externas, para demostrar el cumplimiento de normas que mayoritariamente no les son de aplicación. Dado que los centros de salud no tienen la obligación legal de realizar mediciones de variables ambientales (de lo contrario ya estarían controlados por la administración competente), se busca donde no hay. Obviamente, las empresas certificadoras tienen sus intereses, y al carecer de materia prima para explotar, se invierte la carga de la prueba de forma que los centros pasan a ser presuntos incumplidores y se les exige maquiavélicamente que midan el ruido, las emisiones, calidad del agua municipal..., para demostrar que un centro de salud "no contamina", cuando la legislación les exime de estas obligaciones. En lugar de que la empresa certificadora aporte pruebas de que el centro está incumpliendo parámetros que debe corregir, se tiende a lo facilón y falta de profesionalidad, para beneplácito de las partes interesadas. Y aportar pruebas no puede consistir en que un centro demuestre su compromiso al margen de lo que la Ley no le obliga. 

Luciano in memoriam. Nos recuerda en "Vesti la Giubba" que el espectáculo debe continuar 
pese a la infidelidad sufrida por el protagonista que para colmo debe vestirse de payaso (Pagliacci). 

   Es como si llegásemos con retraso a la moda de los años 80 del siglo pasado, donde la legislación ambiental fue considerada un importante factor de competitividad de las empresas y organizaciones. Hoy las razones parecen ser otras, contrarrestar ante la sociedad y los profesionales, el deterioro de los servicios públicos y los recortes sufridos con un retrato ecológico friendly, intentando maquillarse para aparentar lo que no se tiene, ni lo que uno puede hacer. Se tiende a un cambio de forma pero no de fondo, creando una imagen deformada de lo ecológico y un uso engañoso de las políticas ambientales. A este respecto publicamos un artículo sobre la vulgarización de la Ecología en una de nuestras entradas más visitadas. Es cierto que las estrategias que nacen de la responsabilidad social corporativa, incluido lo ambiental, está sirviendo para crear nichos de mercado como forma de dinamizar la economía, pero por desgracia también hay fraudes. Una reputación corporativa no se logra a partir de publicidad engañosa. Un estudio de la consultora canadiense TerraChoice traducido como "Los pecados del engaño verde" explica el fenómeno del greenwashing, cada vez más extendido en empresas  y organizaciones, que algunos autores lo han definido como una estrategia de marketing para vender más (imagen, estatus, economizar). Westerveld desveló que el interés en lavar menos toallas en los alojamientos turísticos, a cambio de que los clientes las reutilizarán, estaba motivado por el deseo de ahorrar costes, no por la preocupación hotelera en el medio ambiente. Las medidas (con bombo musical incluido) se transforman en la estrategia. 
   Cuando la economía va mal, hay que tirar de la profesionalidad (acreditaciones) y del medio ambiente (certificaciones). Amigas y amigos, lo verde vende, y donde hay negocio son capaces de inventar lo que sea con tal de certificar la precariedad. La nevera del centro, y no su fabricante, pasará a ser una importante contribuyente al cambio climático. Empezamos a notar el ahorro con un papel higiénico cada vez más traslúcido, de consecuencias ecológicas que tanto ustedes como yo, sabemos. Los incidentes laborales menores como por ejemplo, el derrame accidental de un envase de desinfectante es motivo de un plan de emergencia ambiental (¡toma ya! no basta una instrucción básica de seguridad en el trabajo), reinventando a conveniencia el concepto técnico y legal de emergencia (recordemos que únicamente están regulados los planes de autoprotección, y que las emergencias se refieren a situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad en las que peligra la vida de las personas). Hay que rellenar el mollete. Se obvian los procesos y ciclos de vida, hasta el punto de que puedes estar empleando productos reutilizables basados en una industria contaminante. Bienvenidas sean las técnicas de mercado para intentar proteger nuestro entorno; y no te extrañe que llegue el momento en que los hospitales compren derechos de emisión a los centros de salud.
   Los que me conocéis sabéis que podremos ser todo lo ambiciosos que queramos con el "respeto al medio ambiente", pero sin cicatería ni haciendo un uso sensacionalista de los conceptos. Las certificaciones ambientales en lugares de trabajo donde la actividad principal es el consumo de escasos recursos, tienen poco recorrido aunque hay quien lo considere una prioridad de negocio (auditores, certificadores, agencias de calidad, políticos...). Expertos internacionales han puesto en entredicho el potencial de los sistemas de gestión para reducir impactos ambientales. Otras investigaciones han revelado que son instrumentos inadecuados para mejorar la sostenibilidad y no miden la actuación ambiental de las organizaciones. El coste de implantar estos sistemas no está asociado con retornos económicos positivos y su evidencia de beneficio es poco clara (leer aquí). El  problema es que no debería hacerse a costa del erario público, puesto que en situaciones de precariedad, se tienen unas prioridades más perentorias que certificar a centros de salud (ni tan siquiera en su perfil simbólico), donde el personal, los medios y recursos escasean por doquier. La inversión tendrá que dirigirse hacia las medidas estructurales necesarias para mejorar las condiciones de los centros, y no es momento para que venga una empresa externa a validar cumplimientos irrisorios. 

jueves, 6 de abril de 2017

Riesgos laborales comunicados por los trabajadores

   Volvemos a la prevención de riesgos laborales en los centros de salud, con un aspecto que suele estar infravalorado como es la participación efectiva de los trabajadores en la gestión de la prevención. Digo efectiva, porque mediante la comunicación de riesgos por parte de los trabajadores, sin que tenga que mediar un delegado sindical o un mando, se pone en conocimiento de las Unidades de Prevención de Riesgos Laborales los peligros a los que se exponen los trabajadores y, en algunos casos los usuarios también, para poder adoptar medidas preventivas y correctoras. Como prueba de esta utilidad, hemos publicado el trabajo titulado "Identificación de riesgos laborales en atención primaria a través de las comunicaciones de los trabajadores" en la revista Medicina del Trabajo, gracias a la colaboración de la Asociación Española de Especialistas en Medicina del Trabajo. Se ha editado en el primer número de 2017 y podéis acceder al texto completo aquí.
   Obviamente lo inmediato es solucionar los problemas, y somos conscientes de que las relaciones jerárquicas en el seno de la Administración condicionan la participación de los trabajadores, lo cual no es óbice para acudir a la investigación como medio práctico para comprender los riesgos laborales y nos sea útil como instrumento de soporte para diseñar estrategias preventivas en lugares de trabajo.


   El objetivo del trabajo de investigación fue conocer la distribución de factores de riesgo laboral comunicados por los trabajadores de un distrito sanitario de atención primaria así como describir la asociación entre síntomas percibidos y factores de exposición. Es un estudio transversal sobre prevalencias de factores de riesgo y su asociación con síntomas percibidos en el lugar de trabajo. La población estuvo formada por 280 participantes de 30 centros de salud de la provincia de Málaga (España) durante el período 2006-2014.
   Los resultados principales consistieron en que los factores con un mayor riesgo percibido fueron los ergonómicos (52,5%) y seguridad (48,9%) frente a higiénicos (9,3%) y psicosociales (4,3%). Encontramos evidencia de asociación entre los síntomas músculo-esqueléticos percibidos y factores ergonómicos comunicados, entre los síntomas psicosomáticos y factores psicosociales y finalmente, entre síntomas respiratorios con factores higiénicos. En conclusión, el estudio de comunicados de riesgo por los trabajadores de los centros de salud de un distrito de atención primaria, es un instrumento valioso para incorporar el punto de vista de los empleados en la gestión preventiva.


miércoles, 1 de marzo de 2017

Érase otra vez una Unidad de Salud Pública (y II)

   En la anterior entrada dejamos abiertos algunos interrogantes sobre la creación de Unidades de Gestión de Salud Pública en el marco de la futura Ley de sostenibilidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía. El fondo y las formas utilizadas son preocupantes y nada ilusionantes (algún día saldrán del anonimato los artífices de estas reformas, más que nada para saber cual es el grado de participación real de los profesionales y de la sociedad civil). Queremos menos eslóganes, y más transparencia, a ser posible de lencería fina para tod@s. Por una parte se fulminan las funciones de los Servicios de Salud Pública de Atención Primaria en el SAS, que pasan a la Consejería de Salud por vía de la nueva Unidad de Gestión. Es decir, no desaparecen los Servicios de Salud Pública de los Distritos del SAS aunque sus funciones "son asumidas e integradas" por la nueva Unidad de la Consejería. Y ahora cabe preguntarse, en qué lugar quedaría ese Servicio y los profesionales que voluntariamente no quieren formar parte de la nueva Unidad, ya sea porque se modifican arbitrariamente sus condiciones sustanciales de trabajo, sus relaciones jerárquicas y profesionales, o bien por no querer asumir perfiles grotescos a medida (al margen de sus competencias), ni ejercitar el mismo trabajo de una plaza distinta a la que se ocupa. Existe el riesgo real de liquidar categorías profesionales por la vía de hecho (no reglamentada), a quienes no les interesa aceptar nuevas condiciones. Lo que sabemos por nuestra experiencia es que se han colocado en tierra de nadie a categorías profesionales con funciones en vigor (que no han desaparecido ni han sido declaradas a extinguir), siendo forzados a renunciar a ellas, cuando no hostigados y presionados a aceptar otras condiciones, improvisadas o burocráticas, impropias de la plaza ocupada. 

Imagen. Recreación del cuento "El traje nuevo del emperador" de H.C. Andersen, 
donde el rey se quedó desnudo, muy parecido a lo que pasa con las Unidades de Gestión.

Para colmo se utiliza una norma con rango de Ley, para modificar la estructura organizativa, reflejo de la candente judicialización de las Unidades de Gestión Clínica (recordemos la plétora de sentencias judiciales que declaraban manifiestamente incompetentes a los Gerentes para crear Unidades, saltándose la negociación colectiva y los procedimientos jurídicos garantes de los derechos de los trabajadores). Ha parecido más una respuesta rencorosa que el resultado de un proceso consensuado. Al final acabarán por convertir en axioma las Unidades de Gestión. El estilo no es nuevo ni crea buen ambiente, y como dije en la primera parte, refleja luchas internas e imposiciones impresentables. 
En cuanto a la composición de las Unidades, el texto del proyecto de Ley utiliza expresiones imperfectas, probabilísticas y de conjetura. En el caso de las UGC se dispone que "formarán parte de las mismas las personas profesionales", donde el verbo es imperativo mientras que en el caso de las Unidades de Salud Pública se dice "podrán formar parte...", donde la connotación es potestativa (puede que sí, puede que no). No queda claro quien es el sujeto de la potestad y la obligación, si la Administración o el Trabajador (algo ingenuo, ¿no es cierto?). A nivel del Ministerio de Sanidad se apuntaba la opción de voluntariedad por parte del profesional en pertenecer a las UGC, que parece lo razonable.  Como quiera que sea, la interpretación del "podrán" será decisiva para saber como se concibe la organización y las relaciones profesionales. Y por ello tiene guasa que una cuestión de tanta envergadura se aborde de esa forma en un texto legal, pues no cuesta tanto concretar mejor lo que se pretende, en lugar de significados tan elásticos como inquietantes. En definitiva, conocer anticipadamente los condicionantes, limitaciones y las consecuencias de las decisiones del profesional, y en su caso, de la Administración. Las palabras importan muy mucho. 
Otra diferencia llamativa es que mientras las UGC del Servicio Andaluz de Salud se desarrollará reglamentariamente su organización y desarrollo, nada de esto se dice para las Unidades de Salud Pública. Serán unas Unidades sui generis, y esto no significa que haya que temer a lo diferente, pero observando la historia de las organizaciones diferenciadas del modelo sanitario dominante, al final no auguramos un final feliz (conocemos el presente). Como dato esperanzador, existe la posibilidad de que una vez el jefe de Unidad lo sea para todas las vertientes de la Salud Pública (Epidemiología, Sanidad Ambiental, Promoción y Educación para la Salud), y no sólo en parte de ellas, entonces habremos eliminado parte de los corporativismos imperantes, sin usurpación de funciones ni conspiraciones profesionales. Nótese que evitamos utilizar la nueva nomenclatura, "Vigilancia, Prevención y Protección de la salud" por ser absolutamente cuestionables. Como ejemplo diremos que la propia Ley 16/2003 de cohesión y calidad del SNS, no considera que la sanidad ambiental y alimentaria estén incluidas dentro de las prestaciones de protección de la salud: son distintas (art.11). Este criterio lo considero más acertado que el utilizado en Andalucía por algunos asesores.  Más aún, en el contexto de la OMS, la protección de la salud se orienta a proporcionar medios para aislar los riesgos, mientras que la prevención, está destinada a intervenir en cambios organizativos y actuar en las fuentes de exposición. Por tanto, la equivalencia que se hace entre "protección de la salud" con "sanidad ambiental y alimentaria" induce a la confusión, es deficiente y contradice nuestro marco legal. Y colorín colorado, el cuento no se les ha acabado....por ahora.

miércoles, 22 de febrero de 2017

Érase una vez una Unidad de Salud Pública (I)

Parece que empieza a tomar forma la nueva organización de los servicios de salud pública en Andalucía. El proyecto de Ley 10-16/PL-000007, de garantías y sostenibilidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía (BOPA 374, de 3 de enero del 2017) sentará las bases para la gestión de los servicios de vigilancia, prevención y protección de la salud.  Lo más inmediato que nos afecta es que se crearán las Unidades de Gestión en Salud Pública, que vienen a sustituir a los Servicios de Salud Pública de los Distritos de Atención Primaria, y parece que estará conformada por todos los profesionales de las distintas especialidades de Salud Pública (Epidemiología, Promoción de la Salud, Sanidad Ambiental, etc), algo que ya existía sobre el papel  pero que no se quiso poner plena y literalmente en práctica por múltiples razones. Imagino que se pondrá orden en el popurri de Unidades actualmente existentes, y las unificará todas en una. Bueno, en realidad, la expresión utilizada en el texto legal es "podrán formar parte de la Unidad", mientras que en el caso de las Unidades de Gestión Clínica, se utiliza la expresión "formarán parte de las mismas todas las personas profesionales...". ¡Qué enigmático!
Off the record, digamos sin temor a equivocarnos que no hay muchos voluntarios "no forzosos" que desean ejercer de capataces o comisarios de las Delegaciones de Salud. Curiosamente se habla de que al frente de la dirección de la Unidad habrá un cargo intermedio, ¿en qué quedamos, director o cargo intermedio? Es una Unidad sin personalidad jurídica propia y sin rango directivo, pero con un director...Las nomenclaturas no son inocentes, y no deberían crear confusión. También tiene miga el papel de los propios profesionales candidatos a componer las Unidades, que demandan más un coordinador con perfil sindicalista en lugar de un liderazgo profesional. En una entrada anterior, hablábamos de los desastrosos acuerdos de gestión que configuran las llamadas Unidades de Protección de la Salud, que persisten en medir las funciones de salud pública con métodos propios de la empresa privada, olvidando que estamos en una Administración Pública.


El caso es que esta Unidad de Gestión de Salud Pública no es (ni sus sucedáneos lo eran) una Unidad de Gestión Clínica, que será ordenada y regulada por la Consejería de Salud en lugar de por el Servicio Andaluz de Salud (SAS). A mi no me seduce esta distinción, en la medida en que el SAS es un organismo autónomo proveedor de los servicios sanitarios y regula sus propias Unidades, mientras que la Consejería de Salud actúa más como órgano político que como gestor de servicios de salud, por eso sorprende que se inmiscuya en la organización y gestión de las unidades proveedoras de servicios, que en el caso de la Unidad de Salud Pública dependerá funcionalmente de los Gerentes de Distrito, pero orgánicamente de la Consejería, siempre con la muletilla "bajo su superior dirección", toda una declaración de intenciones.  Lo cual se traduce en que los Gerentes, al margen de sus prioridades e intereses, prestan poca atención a estas Unidades de Salud Pública, que en la práctica son controladas y preordenadas casi en su totalidad por los Servicios Centrales. De esta ordenación tan singular, siempre afloran reproches de inversión en recursos y dotación de personal. En definitiva no me gusta que el tufo político (sea cual sea su aroma), impregne a los servicios profesionales.
Por otra parte, esto traerá importantes consecuencias, y la primera de ellas, es que posiblemente el desarrollo profesional en Salud Pública se alejaría del sistema de formación sanitaria especializada (sistema MIR, xIR) y de los modelos de prestación de servicios propios del ámbito asistencial. Por ejemplo, gran parte de las actividades que se desarrollan en Salud Pública están caracterizadas por normas administrativas (licencias y autorizaciones) y de policía sanitaria (inspección y supervisión de industrias y establecimientos), y ese tipo de prestación se aleja del concepto de servicio o asistencia sanitaria a la población, como lo entiende cualquier persona. Se trata más de una labor técnica relacionada con la comprobación normativa de industrias y establecimientos, y querer llamarle a esto prestación sanitaria, por el mero hecho de pertenecer al ámbito de la Consejería de Salud, dista mucho de los fundamentos de los servicios clínicos sanitarios. Todo depende del sentido que queramos darle al término sanitario (identitario, jurídico, administrativo...), aunque al final resulte extravagante. Incluso esas normas supuestamente sanitarias suelen introducir preceptos relativos a requisitos de seguridad, que son regulados por otros departamentos ministeriales, lo que ha generado polémica y contradicciones en algunos casos (Ej. Piscinas: ¿Qué Administración regula las normas de seguridad?).
Desde hace años se viene hablando de un MIR pluriprofesional en Salud Pública, sin la "Medicina Preventiva", lo cual tendría difícil encaje en este modelo organizativo dependiente de la Consejería, en lugar del SAS. Aquí haremos un inciso para recordar que en Salud Pública, el abordaje de los problemas no se limita al momento en que aparecen los enfermos (que no es más que uno de los síntomas de un problema mayor) y su correspondiente tratamiento farmacológico (por supuesto que no falte, no estamos para manzanillas y valerianas), puesto que si queremos prevenir también debemos intervenir en la fuente de exposición (contaminante, vector nocivo, agente patógeno ambiental, etc), y existen diferentes profesionales "no médicos" con suficiente competencia para trabajar en diferentes campos de la salud pública, aunque no traten a los pacientes. Recordemos que el enfoque epidemiológico es otro más de los diferentes y diversos abordajes de un problema,  que tiende a buscar factores causales en vez de explicaciones, reforzado por sus métodos analíticos. Alternativamente otros enfoques como el sistémico o los modelos secuenciales son igualmente válidos.
No crean ustedes que los responsables -entre bambalinas- de esta futura Ley están contando para su configuración y desarrollo con los profesionales de todos los sectores afectados. Nanai de la China. Bien es cierto que cualquiera puede presentar alegaciones al proyecto de Ley, aunque los plazos son tan estrechos y sobrevenidos que apenas da tiempo a trabajarlas.

viernes, 23 de diciembre de 2016

Navidad(es) con Mark Ryden

   Hoy, el día de la salud, nuestra recomendación para estas fechas tan señaladas es hacer una visita al CAC Málaga para conocer la exposición de Mark Ryden, donde podremos sumergimos en un mundo submarino que parece sacado de un Laboratorio de Biología. Los aficionados a los seres fantásticos, los más jóvenes e incluso los propios biólogos y afines, disfrutareis de lo lindo. Observareis copépodos, cladóceros, rotíferos, foraminíferos, etc que nos recuerdan nuestro paso por la Universidad. Estoy convencido de que el artista ha sido asesorado por algún científico, hasta el punto que en algunas de sus obras aparecen placas de petri con una representación fidedigna de estos organismos. Por supuesto, sus personajes principales (Aurora, Abraham Lincoln, Lady Gaga, Alicia...) te atraparán, pues recuerdan mucho a las novelas de Julio Verne, Lewis Carroll y a las películas de Tim Burton y Johnny Depp. Tampoco os perdáis los espectaculares marcos de las obras, a veces mas atractivos que la propia pintura. Mucha fantasía y a seguir apretándonos el cinturón para el próspero año nuevo (PD: Al finalizar la visita de la exposición, no olvidéis pasaros por la Casa del Guardia o el Pimpi, para brindar con un pintao).





martes, 29 de noviembre de 2016

¿Calidad? del agua de las playas

¿Conocen a alguien que sospeche de las calificaciones sanitarias de las aguas de nuestras playas? A unos pocos, diréis. Hasta cierto punto no os falta razón. Cada año una cantidad considerable de nuestras playas obtienen la calificación excelente por la calidad de sus aguas, para complacencia del sector turístico, de nuestras autoridades y de los más chovinistas. Nadie quiere noticias negativas que afecten a quienes nos visitan, al empleo derivado del turismo ni a quienes deben dar explicaciones por ello (Ayuntamientos y Administración sanitaria). Sin embargo, muchos vecinos, turistas y veraneantes observan cada año la presencia de natas flotantes en las aguas dándole un aspecto terrible que ni siquiera asusta a los más valientes. Numerosos bañistas son víctimas de otitis, conjuntivitis, diarreas y otras patologías que asocian al baño en la playa y ocasionalmente, pero tampoco inusuales, son las denuncias en las inmediaciones de los lugares de baño por la presencia de roedores e incluso filtraciones de la red de alcantarillado. Muchas personas se preguntan cómo es posible obtener una buena calificación sanitaria del estado de las playas en tales circunstancias. Parece que hay tongo. Vamos a intentar descifrar este enigma en esta entrada, explicando resumidamente el proceso de calificación del agua de las playas.

Imagen. Polémica reserva de espacio público en una playa

Cada temporada de baño, por mandato de la Comisión Europea la administración sanitaria de las Comunidades Autónomas realiza ocho muestreos de agua, distribuidos quincenalmente, por cada zona oficial de baño censada (es decir, no incluye todas las playas donde hay bañistas),  donde únicamente se analizan dos grupos de bacterias (E. coli y Enterococos) indicadoras de contaminación fecal. El que sea suficiente 8 muestras es el resultado de un estudio estadístico que merece otra entrada, para calmar a los "referees" soliviantados con las muestras "pequeñas". En función de la mayor o menor densidad bacteriana detectada en las muestras se obtienen cuatro calificaciones de la calidad del agua (excelente, buena, suficiente, insuficiente), que en caso extremo puede derivar al cierre de la playa al público. Para empezar el término calidad, ya de por sí es polémico. Es lógico que las calificaciones rehuyen de términos exagerados aunque también debería hacerlo de los eufemísticos o generalistas que informen bien poco. Esto no quiere decir que el agua esté libre de otros microorganismos (ej. dinoflagelados, esporozoos, ciliados) y bacterias patógenas. Por ejemplo, la presencia de Salmonella en el agua marina (no sólo presente en ovoproductos)  con relación a otros microorganismos fecales es un factor ecológico y sanitario muy importante. Pero entonces, ¿porqué se analizan esas y no otras o más bacterias? ¿estamos seguros? Aparte del sentido común al bañarnos, la base de la calificación sanitaria del agua se sustenta en el concepto de riesgo, es decir, la probabilidad de contraer una enfermedad al bañarnos. Pero no cualquier enfermedad sino las que están asociadas a esos dos grupos de enterobacterias. Se trata de un modelo probabilístico (no posibilístico, que es otra cosa) basado en indicadores de las enfermedades más importantes habituales de transmisión hídrica. Esto es, tendremos asociada una probabilidad  de contraer una determinada enfermedad (normalmente gastroenteritis) si en el agua se superan ciertos niveles o densidades bacterianas, lo cual también va a estar condicionado por las características biológicas del bañista, edad, estado inmunológico, patologías subyacentes, etc. Para entendernos, dos personas no reaccionan del mismo modo ante la misma cantidad de bacterias en el agua. Incluso no es nada extraño encontrar casos que enfermen por exposición a un nivel de bacterias legalmente permitido. El riesgo 0 no existe.
Esto nos conduce a aclarar que los criterios de decisión para la calificación del agua no son científicos sino políticos, al contrario de lo que intuitivamente pensamos. Con el patio político revuelto, échate a temblar, pero hay que reconocer que irremediablemente, la política  tiene su papel. No es fácil construir un indicador de contaminación que sea válido para países europeos tan dispares (nórdicos y mediterráneos), con características ambientales y sociodemográficas bien distintas. Y estas diferencias fueron motivo de intensos debates antes de llegar a nuestra actual regulación sanitaria. Hay países que invierten más que otros en saneamiento, y defienden límites de calidad muy estrictos para todos por igual. Además hay quienes consideran que las redes de vigilancia epidemiológica son muy limitadas por cubrir un pequeño espectro de enfermedades transmisibles por el agua de baño. Los resultados del análisis del agua no deberían ser consecuencia de los aportes contaminantes de los propios bañistas (o sea, de sus condiciones higiénicas) sino que deberían reflejar las condiciones iniciales del agua. Como quiera que sea, en el trasfondo de este tema hay intereses encontrados que todos podemos intuir: ganancia/pérdida de fondos europeos, políticas de salud, criterios técnicos...
Finalmente, y para complicarlo todo, existen otras calificaciones de las playas como las banderas azules (realizada por la Foundation for Environmental Education), las banderas negras (realizada por Ecologistas en Acción) y las banderas Q (realizada por el Instituto para la Calidad Turística Española) que utilizan diferentes criterios a los oficiales, es decir, a los que realiza el Gobierno autonómico regional. Quizás a nadie le guste una única verdad oficial y por eso es bueno poder contrastar informaciones procedentes de distintas fuentes, pero con cautela, fundamento y sabiendo de lo que hablamos.

lunes, 31 de octubre de 2016

Ahogamientos en piscinas de uso colectivo

Durante el verano del presente año 2016 se han disparado las muertes por ahogamiento en España aumentando un 32% con respecto al año anterior, mientras que en Andalucía han supuesto un incremento del 25%. Mayoritariamente estas muertes ocurren en las playas marítimas, y en menor medida en piscinas recreativas. Los perfiles de las víctimas y los mecanismos causales difieren en ambos tipos de ambientes acuáticos. Con el propósito de comprender mejor el riesgo de ahogamiento en piscinas de uso colectivo y proponer medidas para reducir las tasas de morbimortalidad, realizamos un estudio basado en fuentes judiciales que ha sido publicado recientemente en la Revista Andaluza de Medicina del Deporte de la Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía. Podéis leerlo accediendo por aquí.

  Imagen. Existen circunstancias que condicionan una vigilancia eficaz del socorrista

   Los ahogamientos representan una de las principales causas de mortalidad externa a nivel mundial. El objetivo del estudio fue conocer las características del proceso de ahogamiento y su conexión con las condiciones de seguridad de las piscinas de uso colectivo. Se empleó un diseño observacional descriptivo utilizando datos de fuentes judiciales con emplazamiento en la población española durante 2000-2015. Se investigaron datos socio-demográficos, tipos de instalaciones, actividad previa que realizaba la víctima, factores de riesgo y la causa principal del suceso lesivo. Los resultados mostraron un total de 56 ahogamientos en piscinas, de los que 49 fallecieron. El 76,8% eran varones, el 71,4% menores de edad y el grupo más vulnerable (32,4%) fue el de 5-10 años. El 37,5% de las víctimas no sabía nadar y el 60,7% no estaban solas. Los sucesos se localizaron más habitualmente en piscinas municipales (46,4%). Entre las causas más frecuentes de ahogamiento destacaron la culpa in vigilando del socorrista (19,64%), una deficiente supervisión del niño por un adulto (17,86%) y la conducta imprudente de la víctima (14,29%). Se identificaron factores de riesgo relacionados con deficiencias o ausencia de medidas pasivas: barreras de protección del vaso (7,1%), equipamientos de salvamento acuático (7,1%), visibilidad de la zona de baño (3,6%) y toma de aspiración de agua desprotegida (1,8%). Llegamos a la conclusión de que los ahogamientos continúan siendo una importante causa de mortalidad en piscinas de uso colectivo. Para reducir las tasas de ahogamiento y evitar una devaluación de las condiciones de seguridad que malogren los objetivos preventivos, es preciso cumplir rigurosamente las normas reglamentarias de piscinas y diseñar estrategias de intervención específicas.